Solo están exentos de presentarlas de forma telemática:​
· Quienes no tengan acceso a la aplicación de gestión de las ayudas (jubilados, herederos de empleados públicos, personal delegado a cabildos insulares).
· Solicitantes de ayudas por razón de violencia de género, laboral y doméstica.

En estos casos se podrán presentar las solicitudes mediante formulario rellenable y descargable.

¿Cuál es es plazo?
Del 2 al 27 de febrero (ambos incluidos)

¿Quiénes pueden presentarse a la convocatoria ayudas de acción social 2026?
Aquellas personas que estuvieron en servicio activo durante al menos 9 meses en el año 2025.

 Las ayudas atenderán únicamente a gastos devengados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025. Se concederá el porcentaje que resulte de aplicar el correspondiente índice reductor.

No podrán solicitarse ayudas relativas a gastos que ya hubiesen sido objeto de ayuda por parte de la misma o de otra Administración.

Algunas de las ayudas son:

  • Familiares
  • Médico-farmacéuticas
  • Atención a la discapacidad
  • De educación, formación y cualificación profesional
  • Violencia de género, laboral y doméstica