Skip to content
  • X
  • Instagram
  • Facebook
  • Afiliación
  • Canal ético
  • Contactos
  • Formulario de afiliación
  • Formulario de reserva
  • Inicio
  • Licencia por estudios
  • Política de privacidad
  • Reserva recibida
  • docentesdecanarias@insucan.org
Información Contacto

AFÍLIATE
infografía notificación de embarazo
image (1)
info 2
15b087e4-d09d-465d-badf-f10184519d8c
IMG-20240611-WA0003resize
IMG-20240611-WA0004_resize
IMG-20240611-WA0005_resize
IMG-20240611-WA0007_resize
IMG-20240611-WA0009_resize
previous arrow
next arrow
  • Inicio
  • Normativa
  • Permisos y licencias
  • Impresos
  • Afiliados
  • Interino
  • Retribución
  • Enfermedad
  • Jubilación
  • Horarios
  • web anterior
  • 2019-2022
    • 2019-2020
    • 2020-2021
    • 2021-2022
    • 2022-2023
  • 2023-2024
  • 2024-2025
  • Oposiciones
  • Simulador
  • Boletines
  • FP Dual
  • Toggle search form
  • MESA TÉCNICA DE CONVIVENCIA Y BIENESTAR Sin clasificar
  • Apoyamos el paro estudiantil en contra del Genocidio de Gaza 2024-2025
  • La Paz es el Camino 2024-2025
  • MESA TÉCNICA DEL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2025 2024-2025
  • Mesa técnica 25 de septiembre 2024-2025
  • GUÍA DE ELECCIÓN DE HORARIOS 2024-2025
  • Recogida de pruebas: altas temperaturas en aulas 2024-2025
  • La farsa de un “BUEN INICIO DE CURSO” en Canarias. 2024-2025

Sentencia que reconoce a los interinos nombrados hasta el 30 de junio a cobrar julio y agosto.

Posted on 18 de agosto de 201814 de marzo de 2025 By INSUCAN

(20-jun-18)

PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN.

PRIMERO. Reclamar en vía administrativa, es decir reclamar a la Consejería de Educación. A los afiliados le enviaremos los modelos por correo electrónico.

SEGUNDO. A los que se les deniegue o no respondan, presentar demanda judicial. DOCENTES DE CANARIAS-INSUCAN facilitará el abogado a los afiliados.

Según comunicado del Poder Judicial, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en su Sentencia núm 966/2018, de 11 de junio de 2018 (R. 3765/2015), considera nulo de pleno derecho el cese el 30 de junio de los profesores interinos de centros no universitarios que son contratados en septiembre para ejercer durante todo el curso escolar, sin pagarles los meses de julio y agosto, al considerar que dicha práctica supone una vulneración del principio de no discriminación recogida en la Cláusula 4 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada que figura en el Anexo de la Directiva 1999/70/CE de 28 de Jun DOUE (Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada).

PRIMERO: La mejor solución para los interinos es que no se suspenda, en la Ley de Presupuestos, el derecho a cobrar julio y agosto de todos los interinos que trabajen durante el curso más de 165 días. DOCENTES DE CANARIAS-INSUCAN mantiene la reclamación de que NO SE SUSPENDA EL ARTÍCULO 4.2 DEL SEGUNDO PROTOCOLO PARA LA GESTIÓN DEL PROFESORADO INTERINO Y SUSTITUTO:

«El personal sustituto que acredite cinco meses y medio de servicio efectivo en un mismo curso percibirá, además, las retribuciones correspondientes a los meses de julio y agosto de ese año.«

SEGUNDO, pero de momento proponemos que reclamen el abono de julio y agosto: 

El procedimiento de reclamación que proponemos es:

  1. PRIMERO: Reclamar en vía administrativa, es decir reclamar a la Consejería de Educación. Facilitaremos modelos

  2. SEGUNDO: A los que se les deniegue o no respondan, presentar demanda judicial. DOCENTES DE CANARIAS-INSUCAN facilitará el abogado a los afiliados.

  • Próximamente publicaremos distintos modelos para que los afectados reclamen el reconocimiento del cobro de julio y agosto, primero en la vía administrativa.

  • Los modelos podrán ser utilizados para reclamar el reconocimiento de años anteriores.

 

Estamos realizando un estudio de las distintas situaciones de los interinos del curso 2017/18 (pueden existir algunos errores porque las publicaciones de la consejería son incompletas)

  • Nombrados hasta el 31 de agosto de 2018 son 6.589 interinos, a estos no les afecta la sentencia porque cobran hasta el 31 de agosto.

  • (SITUACIÓN A) Nombrados hasta el 30 de junio y publicado en los nombramientos diarios hay 1.126, de los que 611 son a jornada completa y 515 son a jornada parcial. En esta SITUACIÓN A, puede haber varias situaciones:

  • (SITUACIÓN Aa): Nombrados a jornada completa antes del 22 de septiembre y un solo nombramiento, son unos 45.

  • (SITUACIÓN Ab): Nombrados a jornada completa después del 21 de septiembre y un solo nombramiento.

  • (SITUACIÓN Ac): Nombrados a jornada parcial.

  • (SITUACIÓN Ad): Resto de nombrados hasta el 30 de junio.

  • (SITUACIÓN B) Hay un número de interinos que no podemos calcular, que comenzaron a realizar la sustitución del titular de la plaza y tienen nombramiento hasta el 30 de junio porque el titular se ha jubilado.

  • (SITUACIÓN C) Hay un número de interinos que no podemos calcular, que comenzaron a realizar la sustitución del titular de la plaza y llegan hasta el 30 de junio y el titular continua de baja.

 

  1. Los interinos nombrados hasta el 31 de agosto son 6.589. A estos no les afecta la sentencia porque ya tienen reconocido lo que dicta dicha sentencia.

  2. Los interinos nombrados hasta el 30 de junio a jornada completa son 511. Muchos de estos son por jubilaciones. 314 fueron nombrados entre el 12 de septiembre 2017 y el 5 de enero de 2018, es decir trabajan más de 165 días en el curso. 

  3. Los interinos nombrados hasta el 30 de junio a jornada parcial son 515. De los que 463 fueron nombrados entre el 12 de septiembre 2017 y el 5 de enero de 2018, es decir trabajan más de 165 días en el curso.

  4. Los interinos nombrados a sustituciones son 2.201, de los que 739 tuvieron nombramiento antes del 5 de enero de 2018, es decir alcanzan los 165 días, estimamos que otros 300 acumulan más de 165 días con varios nombramientos de sustitución

  5. El total de interinos nombrados han sido de 9.833.

Hemos reclamando que no se suspenda en los presupuestos el abono de julio y agosto a los interinos que trabajen más de 165 días, que estimamos que podrían ser unos 1.800 interinos

Segundo Protocolo para la Gestión del Profesorado Interino y Sustituto del Sistema Educativo Público Canario

Interino

Navegación de entradas

Previous Post: Reclamación del abono de julio y agosto de los interinos nombrados hasta el 30 de junio
Next Post: Ceses en las sustituciones

Entradas relacionadas

  • 📣 El Parlamento traiciona al profesorado de Canarias 2024-2025
  • 🟢 Nota Informativa | ¡Participa en nuestra reunión abierta con el jurista! 2024-2025
  • INSUCAN responde al Partido Popular tras su intervención en el Parlamento de Canarias 2024-2025
  • Grupo Socialista Canario: Reconocimiento del problema y llamada a la acción legislativa urgente 2024-2025
  • INSUCAN responde al Grupo Parlamentario Nueva Canarias-Bloque Canarista: es el momento de actuar 2024-2025
  • INSUCAN responde a la Agrupación Herreña Independiente tras su intervención en el Parlamento de Canarias 2024-2025

Copyright Docentes de Canarias - INSUCAN (DCI) © 2025 .