Guía práctica para el profesorado
Elección de Horarios y Ordenación del Profesorado
Regla general
- La elección de áreas, materias, ámbitos, módulos o cursos corresponde a quienes tienen nombramiento por la misma especialidad, ya sea de destino definitivo o provisional.
- Se respetarán siempre los criterios pedagógicos fijados por el claustro.
- La atribución docente de cada especialidad se ajustará a los Reales Decretos de especialidades.
- Si hay acuerdo unánime entre todo el profesorado de la especialidad, se podrá realizar la asignación directa.
- En ausencia de acuerdo, el orden vendrá regulado por la Orden de 2 de agosto de 2010 (Disposición adicional quinta, apartados 2 y 3).
- La elección se hará por rondas: primero turno, luego materias, hasta cubrir todas.
«La primera ronda servirá para elegir turno en los centros con más de un turno; la segunda, para escoger materias. Después, se repetirán rondas hasta asignar todo.»
Excepciones
- Docentes CLIL: tendrán prioridad en elegir materias de su proyecto.
- Infantil y Primaria: se mantiene la permanencia con el mismo grupo hasta finalizar ciclo.
- Formación Profesional: podrán elegir dos módulos por ronda, siempre que no superen la mitad del horario semanal en cómputo anual.
Criterios para profesorado con destino definitivo
# | Criterio | Observaciones |
---|---|---|
1 | Pertenencia al Cuerpo de Catedráticos. | |
2 | Mayor antigüedad en el centro con destino definitivo. | Incluye tiempo de permanencia ininterrumpida o cese por causas del art. 14 de la Orden 2/08/2010. |
3 | Mayor tiempo de servicios efectivos como funcionario de carrera o personal laboral fijo. | Primará la antigüedad en el cuerpo de la plaza. |
4 | Año más antiguo de ingreso en la función pública docente. | Referido al cuerpo correspondiente de la plaza. |
5 | Mayor puntuación o mejor número de orden en el procedimiento selectivo. | Aplicable por turno de acceso según RD 276/2007. |
6 | Mayor tiempo de servicios en otro cuerpo docente distinto. | Siempre que no se haya computado previamente. |
7 | Fecha más antigua de nacimiento. |
Nota: Una vez ordenado el profesorado con destino definitivo, se continúa con el de destino provisional.
Criterios para profesorado con destino provisional
# | Criterio | Observaciones |
---|---|---|
1 | Funcionarios de carrera con mayor antigüedad provisional en el centro. | Se cuenta la permanencia ininterrumpida en destino provisional. |
2 | Quienes hayan obtenido destino provisional en la última adjudicación o por cambio aceptado. | Orden según colectivo y criterios de la Orden de 10/05/2010. |
3 | En caso de interinos o sustitutos, preferencia por mayor antigüedad en el centro. | Un interino que prorroga en el centro tiene prioridad sobre uno nuevo. |
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