Ante las últimas noticias y controversias al respecto de las repercusiones patrimoniales que podría tener la presentación de la reclamación del pago íntegro de las pagas extras de este año, nestro servicio jurídico dictamina:

  • Las reclamaciones administrativas (en este caso ante la Consejería de Educación) no tienen repercusiones económicas o patrimoniales, sólo si a posteriori se acude a la vía judicial (a la que no se está obligado/a a  acudir).
  • El importe de las pagas extraordinarias serán dos al año, cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones básicas y de la totalidad de las retribuciones complementarias, conforme viene en el artículo 22.4 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
  • Si se está abonando menos en las pagas extraordinarias se puede reclamar.
  • En esa reclamación se puede exigir que posteriormente a la presentación de la misma se abone el importe correcto, así como que se abonen las diferencias entre lo efectivamente cobrado y lo que debería cobrarse en los cuatro años anteriores a la presentación de la reclamación.
  • Para ello, Docentes de Canarias-INSUCAN ha puesto a disposición de sus afiliados un modelo de reclamación que cada docente debe completar con sus datos para proceder a su presentación, así como unas sencillas instrucciones para presentarla por la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias (también puede presentarse presencialmente por Registro).