(03-jul-17)

Solicitud de la Prestación por Desempleo

Los interinos que terminen el contrato el 30 de junio o antes, la administración le realiza un contrato en el mes de julio por los días de vacaciones no disfrutados, que es por cada 12 días trabajado 1 día de vacaciones. Aplicación que calcula los días de vacaciones

Una vez terminado este contrato por vacaciones no disfrutada tiene 15 días hábiles para solicitar la prestación por desempleo

Para tramitar solicitudes de prestaciones es imprescindible la inscripción previa como demandante de empleo

  • PRIMERO. Deben inscribirse en el Servicio Canario de Empleo (S.C.E.). Pueden solicitar Cita Previa a través de Internet y también pueden solicitar información telefónica en el 012 o en  922 239 301 o 928 219 030. 

  • SEGUNDO. Solicitar la prestación por desempleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Pueden solicitar Cita Previa a través de Internet y también pueden solicitarlo al teléfono 901 010 210

  • PLAZO: Quince días hábiles siguientes a la finalización del período contratado por las vacaciones no disfrutadas.

  • DOCUMENTACIÓN: DNI, Copia del libro de familia y Datos bancarios para la domiciliación del pago. El Certificado de empresa lo remite la Consejería.

  • LUGAR DE SOLICITUD: Oficinas que correspondan al domicilio del solicitante.

Duración de la prestación: Se calcula en función de las cotizaciones realizadas en los últimos 6 años, siempre que no se hayan tenido en cuenta para una prestación anterior, con arreglo a la siguiente escala:

Días de cotización  Días de prestación 
de 360 a 539  120
de 540 a 719  180
de 720 a 899  240
de 900 a 1079  300
de 1080 a 1259   360
de 1260 a 1439   420
de 1440 a 1619   480
de 1620 a 1799   540
de 1800 a 1979   600
de 1980 a 2159  660
desde 2160  720
  • En caso de haber trabajado a tiempo parcial cada día se considera como un día cotizado, con independencia de la jornada.
Cuantía de la prestación El importe diario es el 70 % de la base reguladora calculada según las bases de contingencias profesionales de los 180 últimos días cotizados, exceptuando las horas extraordinarias durante los 6 primeros meses de derecho y el 50 % a partir de dicho período. Cuantía máxima y mínima de la prestación en función de los hijos a cargo:
  Importe mínimo mensual  Importe máximo mensual 
sin hijos  497,01 € 1.087,20 €
con un hijo  664,75 € 1.242,52 €
con 2 o más hijos  664,75 € 1.397,84 €
  • Se consideran hijos a cargo los menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos que convivan con Ud. y no tengan rentas superiores a 655,20 € al mes.
  • Al importe bruto de su prestación se le aplicarán dos tipos de deducciones: 
  • La cotización a la Seguridad Social. 

  • La retención a cuenta del IRPF, cuando proceda

PARA MÁS INFORMACIÓN

Extinción laboral o fin de la interinidad en situación de IT:

4.101 03/07/2017 22:38

Escribir un comentario


Código de seguridad
Refescar

   
© Insucan