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*CONFEDERACIÓN ESTATAL DE INTERINOS Y LABORALES “Pro Ley de acceso por concurso de méritos” de los interinos y laborales*

Posted on 20 de octubre de 201814 de marzo de 2025 By INSUCAN

actualizado (23-oct-18)

En reunión celebrada en Madrid a 18 de octubre de 2018, se ha acordado:

a) Crear la *CONFEDERACIÓN ESTATAL DE INTERINOS Y LABORALES “Pro Ley de acceso por concurso de méritos” de los interinos y laborales*.

b) Fijar como *objetivo común y prioritario el desarrollo de una ley que contemple el acceso a la función publica por concurso de méritos* , en los términos recogidos en los artículos 61.6 y 61.7 del Estatuto básico del empleado público: *“Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos”*.

c) Reclamar al Gobierno del Estado y al Congreso de los Diputados que promulguen una Ley de acceso por concurso de méritos como recoge el artículo 61 del EBEP, que reconozca a los interinos y laborales la consolidación del trabajo que vienen desempeñando durante años.

PODEMOS Madrid presenta en la Asamblea de Madrid una “Ley de concurso extraordinario de méritos” para los médicos. Sin duda la solución es a través de los párrafos segundos de los artículos 61.6 y 61.7 del EBEP. Empezamos a coincidir los que queremos que la solución del problema de los interinos no sea por oposición pura y dura, sino por el reconocimiento del compromiso que han tenido con los servicios públicos. 

*CONFEDERACIÓN “Pro Ley de acceso por concurso de méritos” de los interinos y laborales*

En reunión celebrada en Madrid a 18 de octubre de 2018, se ha acordado:

a) Crear la *CONFEDERACIÓN “Pro Ley de acceso por concurso de méritos” de los interinos y laborales*.

b) Fijar como *objetivo común y prioritario el desarrollo de una ley que contemple el acceso a la función pública por concurso de méritos* , en los términos recogidos en los artículos 61.6 y 61.7 del Estatuto básico del empleado público: *“Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos”*.

c) Reclamar al Gobierno del Estado y al Congreso de los Diputados que promulguen una Ley de acceso por méritos como recoge el artículo 61 del EBEP, que reconozca a los interinos y laborales la consolidación del trabajo que vienen desempeñando durante años.

 

*Desarrollo de la Reunión*:

Madrid a 18 de octubre de 2018

Nos reunimos ocho organizaciones, presentes o representadas:

• Asociación Nacional de Interinos y Laborales (ANIL).

• Sindicato DOCENTES DE CANARIAS-INSUCAN (DCI).

• Sindicato Independiente de Docentes de Castilla la Mancha (SID-CLM).

• CGT Andalucía.

• Asociaciones de Interinos de Justicia.

• Sindicato de interinos de Justicia de Andalucía (SIA).

• Sindicato Sanitario SUMA 112.

• Sindicato Médico de Castilla y León.

– Se debate acerca de la situación de precariedad de los interinos y de los laborales de las administraciones públicas.

– Se debate sobre las cuatro vías de reclamación ante la situación de los interinos:

1º   Reclamación del reconocimiento de la condición de indefinido no fijo.

2º   Indemnización por despido.

3º   Demandar al Ministerio de Hacienda.

4º   Promover una Ley de acceso por concurso de méritos, recogido en artículo 61 puntos 6 y 7 del Estatuto Básico del Empleado Público.

– Se expresa la importante preocupación por la situación laboral de dichos colectivos como consecuencia de las convocatorias de oposiciones masivas, que dejarán a miles de interinos y laborales sin opciones de trabajo, y firmadas a espalda de los trabajadores afectados y con su rechazo.

 

ACUERDOS ADOPTADOS

a) Fijar como objetivo común y prioritario el desarrollo de los artículos 61.6 y 61.7 del Estatuto básico del empleado público: “Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el *sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos*”.

b) Reclamar al Gobierno del Estado y al Congreso de los Diputados que promulgue una Ley de acceso por concurso de méritos como recoge el artículo 61 del EBEP, que reconozca a los interinos y laborales la consolidación del trabajo que vienen desempeñando durante años.

c) Encargar la elaboración de un informe jurídico que desarrolle los artículos 61.6 y 61.7 del EBEP.

d) Crear una CONFEDERACIÓN de sindicatos con un objetivo específico y prioritario: que se desarrolle una Ley de acceso a la función pública por concurso de méritos para los interinos y laborales.

e) Se acuerda reclamar que, con cada oferta de empleo público, de las plazas de reposición, se consoliden por la vía de acceso por méritos del artículo 61.6 y 61.7,  un número igual de interinos y laborales, hasta que la tasa de interinidad alcance niveles aceptables.

f) Celebrar una próxima reunión el martes 6 de noviembre de 2018 en Madrid, en la que se invita a todas las organizaciones legalmente constituidas (sindicatos o Asociaciones), para sumar esfuerzos y CONFLUIR en el mismo objetivo de luchar por la consolidación de los interinos y laborales por concurso de méritos a través de una Ley que desarrolle los artículos 61.6 y 61.7 del EBEP.

g) Organizar reunión entre los abogados que están trabajando esta materia en los diferentes ámbitos, sectores y comunidades autónomas.

k) Se acuerda que, con el objetivo “Pro Ley de acceso por concurso de méritos”, se debatan en la próxima reunión las vías y herramientas para alcanzar la representación en las mesas de negociación a nivel nacional, y así poder defender el acceso por concurso de méritos de los interinos y laborales, y desplazar a los sindicatos que firman acuerdos perjudiciales para los intereses de los trabajadores.

 

DOCENTES DE CANARIAS-INSUCAN (DCI)  informa

 

https://goo.gl/vXDiWL 

Interino

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