El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha vuelto a hablar claro. La sentencia de 14 de abril de 2026 (asunto C-418/24 Obadal) supone un respaldo contundente a lo que desde INSUCAN llevamos años denunciando: el abuso de la temporalidad en el sector público no está siendo sancionado conforme al Derecho europeo.

El análisis jurídico elaborado por nuestro abogado, Gerardo Pérez Sánchez, lo deja claro:

  • Ni la figura del “indefinido no fijo”
  • Ni las indemnizaciones
  • Ni los procesos selectivos actuales
  • Ni la responsabilidad patrimonial de la Administración

Ninguna de estas medidas son válidas para compensar el abuso.

Y lo más importante:
Si no existen medidas eficaces, no se puede excluir la fijeza como solución.

Ahora más que nunca: movilización

Esta sentencia marca un antes y un después. Refuerza la posición del profesorado interino y desmonta el relato de la Administración.

Pero los derechos no se regalan: se conquistan.

Desde INSUCAN hacemos un llamamiento claro a todo el personal docente de Canarias a:

  • Secundar la huelga del 29 de abril de 2026
  • Participar en las concentraciones convocadas

Es el momento de convertir esta victoria jurídica en una victoria real en las aulas y en nuestros puestos de trabajo.

 Consulta el análisis completo

Accede al informe jurídico completo elaborado por Gerardo Pérez Sánchez sobre la sentencia del TJUE:

Clica en este enlace y lee el informe de nuestros servicios jurídicos