El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha vuelto a hablar claro. La sentencia de 14 de abril de 2026 (asunto C-418/24 Obadal) supone un respaldo contundente a lo que desde INSUCAN llevamos años denunciando: el abuso de la temporalidad en el sector público no está siendo sancionado conforme al Derecho europeo.
El análisis jurídico elaborado por nuestro abogado, Gerardo Pérez Sánchez, lo deja claro:
- Ni la figura del “indefinido no fijo”
- Ni las indemnizaciones
- Ni los procesos selectivos actuales
- Ni la responsabilidad patrimonial de la Administración
Ninguna de estas medidas son válidas para compensar el abuso.
Y lo más importante:
Si no existen medidas eficaces, no se puede excluir la fijeza como solución.
Ahora más que nunca: movilización
Esta sentencia marca un antes y un después. Refuerza la posición del profesorado interino y desmonta el relato de la Administración.
Pero los derechos no se regalan: se conquistan.
Desde INSUCAN hacemos un llamamiento claro a todo el personal docente de Canarias a:
- Secundar la huelga del 29 de abril de 2026
- Participar en las concentraciones convocadas

Es el momento de convertir esta victoria jurídica en una victoria real en las aulas y en nuestros puestos de trabajo.
Consulta el análisis completo
Accede al informe jurídico completo elaborado por Gerardo Pérez Sánchez sobre la sentencia del TJUE:
Clica en este enlace y lee el informe de nuestros servicios jurídicos