I. La Traición Calculada y la Crisis de Legitimidad
La exigencia innegociable de la dignidad para todo el personal educativo, argumentando que la lucha debe comenzar por la coherencia ética de quienes representan al profesorado.
La práctica de las liberaciones sindicales con fecha de ceses en los periodos no lectivos y el 30 de junio, no es una mera acción administrativa, sino una traición calculada a la base laboral más vulnerable (interinos y sustitutos), diseñada específicamente para ahorrar horas sindicales a expensas de los derechos fundamentales de este profesorado. Esta práctica, aunque jurídicamente amparada, es considerada profundamente inmoral y «poco ética», y es algo que hacen periódicamente algunos sindicatos y nosotros jamás, por coherencia y respeto al compañero/a que está sustituyendo a ese liberado/a en el centro.
II. Anatomía de la Precarización: El Diseño Malicioso del Contrato
La figura del liberado sindical es un instrumento vital de la democracia laboral. Cuando un docente es liberado, su plaza debe ser cubierta por personal interino, ocupando una vacante de servicio real. Sin embargo, la denuncia se centra en el diseño malicioso de los acuerdos de liberación por parte de las grandes organizaciones sindicales canarias, que penaliza al sustituto.
El Mecanismo de Explotación Estructural:
Este cese programado el 30 de junio se combina con los descuentos por la suspensión de la actividad lectiva durante el curso, como Navidad, Semana Santa y Carnavales.
La suma de estos descuentos y la finalización estratégica del contrato están meticulosamente diseñadas para un único propósito: garantizar el mayor número de horas sindicales (interés sindical) sobre el interés de los derechos del personal docente. Esto limita las retribuciones y el tiempo de servicio del personal interino de nuestras listas.
III. El Robo del Verano: El Castigo Económico y Laboral
El impacto de este mecanismo de precarización es devastador para el profesorado interino/sustituto que sustituye a esos liberados/as.
A. Marco Normativo Canario
Para comprender la magnitud del agravio, es crucial el marco legal canario:• La normativa establece que el personal sustituto que acredite cinco meses y medio de servicio efectivo en un mismo curso escolar tiene derecho a percibir las retribuciones correspondientes a los meses de julio y agosto.
• Este umbral equivale aproximadamente a 165 días de servicio ininterrumpido.
B. Pérdida de Derechos
Al interrumpir el contrato el 30 de junio (después de restar los periodos vacacionales intermedios), la suma de días efectivos no alcanza sistemáticamente los 165 días requeridos.
1. Pérdida de Estabilidad: Al cesar el contrato, el docente vuelve de inmediato a las listas de empleo, siendo adelantado por otros interinos. Además, se interrumpe el cómputo de antigüedad, crucial para los baremos de oposiciones.
2. Castigo Económico: El interino pierde el derecho a cobrar el verano. Si no se alcanza el umbral de 165 días, solo se percibe una retribución proporcional mínima, que asciende a apenas 2,5 días por mes trabajado. Esta fracción es «mínima e insultante» comparada con los dos meses de salario completo que se ha ganado. La manipulación de las fechas constituye un abuso calculado de la normativa para maximizar el beneficio económico de la organización sindical a costa del eslabón más débil. Esto se configura como un «castigo por sustituir» a un liberado sindical.
IV. La Crisis de Legitimidad y las Exigencias de Coherencia
El cinismo de estas organizaciones alcanza su punto máximo cuando exigen a la Consejería de Educación la «reversión definitiva de los recortes» y la «plena homologación» de las condiciones laborales de los interinos. La pregunta que se plantea es demoledora: «¿QUÉ CLASE DE DERECHOS ESTÁN LEGITIMADOS A SOLICITAR SI ELLOS MISMOS DEGRADAN LOS DERECHOS DE LOS INTERINOS/AS?».
Esta práctica no solo daña al interino, sino que proporciona una munición vergonzosa a la Administración para desestimar las exigencias sindicales, permitiéndole justificar sus propias políticas de austeridad, ya que los supuestos defensores de los trabajadores aplican recortes internos diseñados para negar derechos ganados.
Exigencias de Transparencia y Actuación Administrativa
1. Interrogación Directa a los Sindicatos: Se exige que estas grandes organizaciones rindan cuentas y expliquen pública y detalladamente la justificación de sus acuerdos de liberación que perjudican a los trabajadores más precarios. La decisión de terminar un contrato el 30 de junio es una elección consciente y cínica para ahorrar fondos sindicales.
La finalización de los contratos de sustitución el 30 de junio por los sindicatos mayoritarios es un acto de cinismo laboral. El profesorado interino es utilizado para mantener los privilegios de los liberados mientras se le roba su derecho fundamental a unas vacaciones pagadas ganadas con su servicio efectivo. La lucha por la coherencia sindical debe basarse en el ejemplo y la ética. La única manera de combatir la hipocresía estructural es a través de la unidad basada en la verdad y la coherencia en las acciones
DOCENTES DE CANARIAS – INSUCAN EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DEL PROFESORADO DE CANARIAS
