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Escrito de un grupo de Inspectores de Educación

Posted on 27 de mayo de 202014 de marzo de 2025 By INSUCAN

(27-may-20)

Un grupo de inspectores de Educación han presentado un escrito al Inspector General con una serie de demandas

Escrito de un grupo de Inspectores de Educación

Sr. Inspector General:

Ante la situación que se viene produciendo en la Consejería de Educación en los últimos meses, los inspectores e inspectoras de educación de Canarias que suscriben exponen:

En desarrollo del artículo 27 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 148 punto 3, que la Inspección Educativa se realizará sobre todos los elementos y aspectos del sistema educativo, a fin de asegurar el cumplimiento de las leyes, la garantía de los derechos y la observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje, la mejora del sistema educativo y la calidad y equidad de la enseñanza.

El Decreto 52/2009, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Inspección de Educación de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que la Inspección de Educación tiene la finalidad de contribuir a mejorar la calidad y la equidad del sistema educativo y asegurar el cumplimiento de la legalidad para la mejor garantía de los derechos y la correcta observancia de los deberes de los participantes en los procesos educativos, así como la evaluación, asesoramiento y supervisión del desarrollo de dichos procesos.

El artículo 6 del mismo Decreto señala que la Inspección de Educación se constituye como una unidad administrativa dependiente de la Viceconsejería competente en materia de educación, la cual determinará los criterios para el desarrollo de sus funciones a través de los planes de trabajo previamente aprobados. Además, la Consejería competente en materia de educación determinará las líneas de actuación del personal inspector conforme a sus atribuciones y funciones y de acuerdo con los principios de trabajo en equipo, jerarquía, unidad de actuación, participación, protocolización de procedimientos, autonomía en la emisión de sus informes y propuestas, planificación e intervención en cualquier tipo de centros.

Como el resto de los trabajadores, las circunstancias excepcionales provocadas por la situación de confinamiento nos han hecho adaptar nuestra labor a la modalidad de teletrabajo. En estos últimos meses, hemos priorizado entre nuestros cometidos el de información y asesoramiento, acompañando a los centros en los procesos relacionados con la continuidad pedagógica del alumnado. Asimismo, hemos seguido con expectación e incertidumbre la publicación de las distintas instrucciones de la Consejería de Educación, tanto las referidas a aspectos pedagógicos tan importantes como la evaluación, como las relacionadas con las medidas que se deberían tomar ante la posible reapertura de los centros educativos en las sucesivas fases de desescalada del confinamiento.

En el desarrollo de nuestro trabajo nos hemos encontrado con muchos inconvenientes: publicación tardía de instrucciones, falta de concreción en las mismas, vacíos legales no resueltos con respecto a las normas en vigor (Decretos de currículo, órdenes de evaluación…). Todo esto ha dificultado en gran medida nuestro cometido, sobre todo en cuanto a las funciones relacionadas con el asesoramiento a los centros educativos. Cabe recordar que entre las funciones de la Inspección Educativa se incluye la de orientar y asesorar a equipos directivos, responsables de servicios educativos, órganos colegiados y órganos de coordinación docente en el ejercicio de sus derechos y obligaciones.

Por otra parte, se ha producido una significativa falta de información sobre el estado de los procedimientos paralizados o la planificación y reanudación de los mismos, como la evaluación de funcionarios en prácticas o la selección de directores. Contrariamente a lo que entendemos que debería suceder, hemos percibido incluso mayor dificultad para el acceso a la información necesaria para el desarrollo de nuestro trabajo, viendo cómo, por ejemplo, se ha limitado el acceso de la inspección a la información de la planificación de los centros.

Para dar cumplimento a las funciones y atribuciones que la norma encomienda a la Inspección de Educación es necesario que recibamos instrucciones claras con el debido tiempo para poder anticiparnos y asesorar para ayudar a resolver los problemas que se están encontrando cada día los equipos directivos y docentes en los centros educativos. Para contribuir a mejorar la calidad y la equidad del sistema educativo y asegurar el cumplimiento de la legalidad como garantía del buen funcionamiento de la Educación en Canarias es preciso que se respeten las competencias y atribuciones de la Inspección Educativa.

Por último, queremos hacer un reconocimiento a los equipos directivos de los centros educativos y a los docentes en general por el enorme esfuerzo que han realizado en estos meses, así como a la implicación de la mayoría de las familias y alumnado. Deseamos que todo lo expresado en el presente escrito sirva como propuesta de mejora, con espíritu constructivo, para poder aportar desde la Inspección de Educación nuestro apoyo y asesoramiento a los centros educativos.

Por todo lo anterior, solicitamos al Inspector General que se convoquen, con carácter de urgencia, los consejos territoriales de manera conjunta por videoconferencia y se haga eco de nuestras reivindicaciones dándoles traslado a la Viceconsejera de Educación.

Las Palmas de Gran Canaria / Santa Cruz de Tenerife a 26 de mayo de 2020.

Atentamente,

 

2019-2020

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