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El Congreso revierte el aumento de la jornada lectiva de los docentes

Posted on 13 de diciembre de 201814 de marzo de 2025 By INSUCAN

(13-dic-18)

El Ministerio recomienda un máximo de 23 horas en infantil, primaria y educación especial, y de 18 en el resto de enseñanzas.

PERO serán las autonomías las que decidan las horas lectivas semanales en los centros públicos.

El Congreso aprueba el proyecto de ley que revertirá los recortes educativos

13/12/2018

La ministra Isabel Celaá durante su intervención en el Congreso
  • Es el primer proyecto de ley del Gobierno que se aprueba en el Congreso y sin ningún voto en contra
  • La ley elimina el aumento de alumnos por aula y el incremento de la jornada de los docentes. Además, los profesores sustitutos podrán ser nombrados desde el momento de la baja del titular, sin que el centro tenga que esperar 10 días
  • Se ha aprobado una enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Socialista y Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y se ha aprobado una enmienda del Grupo Parlamentario Popular
  • La norma tendrá que ser votada ahora en el Senado

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado hoy el proyecto de ley que revertirá los recortes educativos introducidos por el Gobierno del PP mediante el Real Decreto Ley 14/2012. Es el primer proyecto de ley del Gobierno que se aprueba en el Congreso y sin ningún voto en contra.

El Pleno ha aprobado una enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Socialista y Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y una enmienda del Grupo Parlamentario Popular.

La nueva norma, desarrollada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, contempla suprimir tres medidas: el aumento obligatorio de la jornada lectiva de los docentes (como mínimo de 25 horas, en infantil y primaria, y de 20, en secundaria), la posibilidad de elevar hasta un 20% las ratios máximas de alumnos por aula y la espera de 10 días lectivos para nombrar a funcionarios interinos que sustituyan a profesores titulares de baja.

El proyecto de la ley –denominada ‘de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria’– fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 14 de septiembre. Se trata de una ley ordinaria con artículo único. El 15 de noviembre el Congreso aprobó por mayoría su tramitación directa y en lectura única.

“El Gobierno pretende devolver al sistema, de forma gradual, la normalidad y los recursos recortados durante la crisis económica. Por eso, presento ahora este proyecto de ley de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria”, ha explicado la ministra de Educación y FP, Isabel Celaá, en el Pleno del Congreso.

El proyecto de ley expone que, puesto que las medidas del Real Decreto Ley se tomaron por la coyuntura económica del momento, la favorable evolución de la situación económica del país aconseja su revisión.

El texto aprobado por el Congreso establece que las Administraciones Públicas con competencias educativas podrán establecer, en su respectivo ámbito, la parte lectiva de la jornada semanal del personal docente que imparte enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), en centros públicos, recomendándose, con carácter ordinario, un máximo de 23 horas en los centros de Educación Infantil, Primaria y Especial, y un máximo de 18 horas en los centros que impartan el resto de enseñanzas de régimen general reguladas por la LOE.

En cuanto al mantenimiento de las ratios que estipulaba el Real Decreto Ley 14/2012, la norma revierte esa medida, puesto que tendría un alto impacto en la garantía de los estándares de calidad de la enseñanza, que se ven afectados con la elevación del número de alumnos por aula, según recoge el proyecto de ley.

Respecto a la tercera medida que contempla revertir la norma, la referida al periodo de sustitución transitoria de los docentes, pasará de 10 días a ser una sustitución inmediata desde el momento de la baja del titular.

La derogación de este plazo de 10 días entrará en vigor de manera inmediata, al día siguiente de la publicación de la ley en el BOE. Las otras dos medidas entrarán en vigor para el curso 2019-2020 por razones de planificación y organización del curso escolar.

Tramitación en los órganos consultivos

El siguiente paso de su tramitación parlamentaria será su votación en el Senado. El borrador del anteproyecto fue presentado a los consejeros autonómicos en la Conferencia Sectorial de Educación del pasado 30 de julio y recibió su apoyo, exceptuando a los del PP.

El texto también fue presentado a las organizaciones sindicales de la enseñanza, el 26 de julio, y recibió el informe preceptivo del Consejo Escolar del Estado.

La ministra y portavoz del Gobierno ha explicado que el proyecto de ley va acompañado de la preceptiva memoria de análisis de impacto normativo, que contiene un resumen ejecutivo con la oportunidad de la propuesta, su análisis jurídico, el de impactos competenciales, económico y presupuestario, de género, en la infancia y familia, entre otros.


Normativa

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