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Directores/as. Consolidación del Complemento Específico.

Posted on 15 de agosto de 201814 de marzo de 2025 By INSUCAN

(Actualizado 11-feb-15)

Evaluación y Consolidación del cargo de director/a

EVALUACIÓN.

  1. Los directores/as deben solicitar la evaluación de la función directiva en el plazo comprendido entre el día 1 al 15 de febrero del curso escolar correspondiente al último año de mandato. Resolución 12 enero 2012. BOC 23 enero
  2. DECRETO 106/2009, de 28 de julio, por el que se regula la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias. [BOC Nº 155. Martes 11 de Agosto de 2009]  

CONSOLIDACIÓN.

  1. Los funcionarios públicos docentes que hayan ejercido el cargo de Director, con valoración positiva, en los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, durante el período de tiempo y con los requisitos y condiciones establecidos en el DECRETO 129/2004, de 15 de septiembre, mantendrán y percibirán parte del complemento retributivo específico de especial responsabilidad por el ejercicio de dicho cargo de Director.

  2. El procedimiento de consolidación lo regula la ORDEN de 24 de enero de 2005.

  3. Un requisito para poder solicitar la consolidacione es «No estar desempeñando el cargo de Director/a en el momento de presentar la solicitud». El plazo de presentación de solicitudes de consolidación comenzará el 2 de noviembre de cada año finalizando el día 21 del mismo mes, aunque para el año 2015 finaliza el 23 de noviembre ORDEN de 1 de junio de 2006.

Normativa

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