(18-noc-21)

Campaña realizada en septiembre del 2018 Solicitando:

QUE SE ADOPTEN LOS MECANISMOS LEGALES NECESARIOS para que se apruebe una ley que permita una oferta de empleo público extraordinaria, exclusivamente por sistema de concurso, de conformidad con el artículo 61.6 (último párrafo) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

"Parece" que los diputados del Congreso han oido nuestra reclamación y la incluyen en el proyecto de Ley de disminución de la temporalidad

Texto del escrito enviados a los diputados


 SR./SRA. DIPUTADO/A.

 

PARLAMENTO DE CANARIAS

D./Dª ............................................................, con DNI Nº .........................................., Docente interino con .... edad y ...... años de servicio:

                Que por medio del presente escrito SOLICITAMOS QUE SE ADOPTEN LOS MECANISMOS LEGALES NECESARIOS para que se apruebe una ley que permita una oferta de empleo público extraordinaria, exclusivamente por sistema de concurso, de conformidad con el artículo 61.6 (último párrafo) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

                Actualmente, es una realidad que el número de funcionarios docentes interinos es grande, fruto de políticas restrictivas que conllevaron a que, durante años, no se ofertaran las plazas correspondientes a las tasas de reposición anuales. Si esas plazas se hubiesen ofertado, muchos de los hoy todavía interinos ya serían funcionarios de carrera.

 Es una tragedia, un despropósito y una aberración, tanto para los propios docentes como para la calidad del servicio educativo público de Canarias, que tras muchos años de impartir docencia de manera irreprochable (para la propia Consejería) y habitualmente en los peores destinos, un elevadísimo número de docentes puedan perder el trabajo para el que han demostrado estar sobradamente capacitados, porque se les exige competir (en falsa igualdad) con otros opositores, que en su mayoría disponen de mejores y mucho más favorables condiciones para afrontar la oposición, especialmente la primera parte eliminatoria que, paradójicamente, es la que menos permite detectar si el aspirante es o puede ser un buen docente.

 Todos sabemos que el trabajo del docente no acaba, ni mucho menos, al salir del centro, sino que requiere de muchas horas de dedicación y esfuerzo en casa. Es por ello inaceptable que a este colectivo se le exija que, además, prepare unas oposiciones en plano de igualdad con el resto de opositores. Si durante años han sido válidos para trabajar como docentes, ¿por qué no lo van a seguir siendo a partir de ahora?0.

Presentamos algunos datos que justifican nuestra demanda:

·         Las listas de interinos de nuestra comunidad están compuestas en un 71% por mujeres (79% en el cuerpo de maestros).

·         La media de edad en los nombrados hasta el 31 de agosto es superior a los 50 años.

·         En el cuadro final se detalla la situación de los interinos en el curso 2017/2018.

·         Este curso han sido nombrados a curso completo 258 interinos menos que el curso anterior, debido al efecto de las oposiciones.

·         De los interinos nombrados a curso completo en septiembre de 2017, Por el proceso de oposiciones del 2018, el número de interinos nombrados el curso 2017/18 desde el 1 de septiembre 2017 que no han sido nombrados a comienzo de curso 2018/2019 han sido 258.

Es evidente que el artículo 61.6 del EBEP está pensado para estos casos:

"6. Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.

Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos."

1.  Las oposiciones son un procedimiento administrativo de selección de funcionarios de carrera que termina con la publicación de los seleccionados. Como cualquier otro procedimiento administrativo, termina cuando se cierra el procedimiento, y no tiene por qué tener efectos externos en la configuración de las listas de interinos.

2.  Las oposiciones para acceder a la función pública docente tienen muchos defectos. Entre ellos, que no son un sistema diseñado para evaluar la competencia docente de los aspirantes, o detectar a los posibles buenos docentes, entre otras cosas, por las características de las pruebas, (memorísticas y eliminatorias), por el contenido de las mismas (muchas de ellas, no relacionadas con el desempeño del puesto de trabajo), por la poca transparencia, por las exigencias del calendario, la primera prueba coincide con la época de mayor actividad docentes, las evaluaciones finales), etc.

3.  Las listas de interinos pueden no estar vinculadas a las oposiciones, y no por ello ser ilegítimas, y mucho menos ilegales, como pretenden decir algunos grupos de aspirantes no seleccionados en las oposiciones de 2018.

4.  Hay comunidades en las que las listas de empleo no están vinculadas con las oposiciones y otras las vinculan parcialmente.

5.  Todos los interinos hemos accedido a las listas de empleo (y se han mantenido en ellas) atendiendo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. SIEMPRE HA SIDO ASÍ.

Datos de los interinos con nombramiento en todo el curso 2017/2018

NOMBRAMIENTO

Hasta 31 de agosto

Hasta 30 de junio

Sustitución

Total

Mujer

4.659

70,75%

681

69,63%

1.157

71,73%

6.497

70,80%

Hombre

1.926

29,25%

297

30,37%

456

28,27%

2.679

29,20%

Total

6.585

978

1.613

9.176

CUERPO

Maestros

Resto cuerpos

Total

Mujer

3.111

79,00%

3.386

64,64%

6.497

70,80%

Hombre

827

21,00%

1.852

35,36%

2.679

29,20%

Total

3.938

5.238

9.176

 

EDAD

40 a 50 años

más de 50 años

Total

Mujer

1.142

1.849

2.991

Hombre

533

647

1.180

Total

1.675

2.496

4.171

SERVICIO

3 a 10 años

más de 10 años

Total

Mujer

1.562

1.955

3.517

Hombre

863

725

1.588

Total

2.425

2.680

5.105

 

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