Este martes, 3 de junio, el sindicato INSUCAN volvió al Parlamento de Canarias con voz propia y argumentos sólidos. Lo hicimos a través de nuestro abogado y asesor jurídico Gerardo Pérez, quien intervino ante los representantes parlamentarios para dejar claro algo que venimos defendiendo desde hace años: Canarias tiene competencias para actuar frente al abuso y fraude en la contratación temporal del personal docente. Y debe ejercerlas.
El motivo de nuestra intervención es el mismo que ha movido cada una de nuestras acciones: la defensa de los derechos del profesorado en abuso de temporalidad. Porque no podemos seguir esperando eternamente a que el Estado legisle. Porque no podemos aceptar que el silencio legislativo sea la excusa para no actuar. Y porque hay vidas profesionales en juego.
Un marco jurídico claro
Gerardo Pérez explicó con claridad que la directiva europea 1999/70/CE lleva más de 24 años sin transponerse adecuadamente al ámbito del empleo público en España. Una negligencia jurídica que ha sido reiteradamente condenada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en sus sentencias, incluyendo las de febrero y junio de 2024. Estas resoluciones dejan claro que:
- La Ley 20/2021 no es una transposición válida.
- No compensa, no sanciona ni repara el abuso sufrido por el personal temporal.
- El sector público está igualmente vinculado por esta normativa europea.
Las comunidades autónomas tienen responsabilidad
Tal como recordó nuestro abogado, Canarias tiene competencias compartidas en función pública, tal y como recogen el Estatuto de Autonomía y múltiples sentencias del Tribunal Constitucional. Por ello, la inacción del Estado no puede usarse como excusa para que nuestra comunidad tampoco legisle. Ya lo dijimos en su momento, y ahora lo hemos argumentado jurídicamente de forma irrefutable: Canarias puede y debe actuar.
Alternativas legales sobre la mesa
Durante su intervención, Pérez expuso las vías legales existentes para dar respuesta al abuso de temporalidad. Entre ellas:
- Fijeza directa.
- Fijeza en plaza a extinguir, recogida ya en la Ley 40/2015.
- Procesos selectivos restringidos, si se cumplen los requisitos del Tribunal Constitucional:
- Norma con rango de ley.
- Justificación de la excepcionalidad.
- Aplicación única y no generalizada.
Además, señaló que si se optan por procesos abiertos, debe garantizarse una ventaja objetiva a quienes han sufrido el abuso, diferenciándolos del resto de aspirantes externos. Porque la precariedad es en sí misma un perjuicio que debe compensarse.
Lo que viene
La Proposición No de Ley promovida por Nueva Canarias, que se debatirá en el Parlamento el próximo miércoles, es una oportunidad real para avanzar en soluciones legislativas desde el ámbito autonómico. Desde INSUCAN hemos trabajado para que esta iniciativa vea la luz, y confiamos en que sea el primer paso hacia una respuesta firme y justa a tantos años de precariedad.
No hay excusas. Hay competencias. Hay voluntad. Y Docentes de Canarias – INSUCAN, exige justicia.
El próximo miércoles gracias a Nueva Canarias y a instancias de INSUCAN, se presentará la PNL en el Parlamento de Canarias.