Skip to content
  • X
  • Instagram
  • Facebook
  • Afiliación
  • Canal ético
  • Contactos
  • Formulario de afiliación
  • Formulario de reserva
  • Inicio
  • Licencia por estudios
  • Política de privacidad
  • Reserva recibida
  • docentesdecanarias@insucan.org
Información Contacto

AFÍLIATE
infografía notificación de embarazo
info1
image (1)
info 2
15b087e4-d09d-465d-badf-f10184519d8c
IMG-20240611-WA0003resize
IMG-20240611-WA0004_resize
IMG-20240611-WA0005_resize
IMG-20240611-WA0007_resize
IMG-20240611-WA0009_resize
previous arrow
next arrow
  • Inicio
  • Normativa
  • Permisos y licencias
  • Impresos
  • Afiliados
  • Interino
  • Retribución
  • Enfermedad
  • Jubilación
  • Horarios
  • web anterior
  • 2019-2022
    • 2019-2020
    • 2020-2021
    • 2021-2022
    • 2022-2023
  • 2023-2024
  • 2024-2025
  • Oposiciones
  • Simulador
  • Boletines
  • FP Dual
  • Toggle search form
  • Mesa Técnica 6 de Mayo 2024-2025
  • INSUCAN impulsa una iniciativa histórica en el Parlamento de Canarias 2024-2025
  • Mesa Técnica FP 30 abril 2024-2025
  • Motivos exclusión como miembros de tribunal de oposiciones 2024-2025
  • NOTA INFORMATIVA: Reunión Coordinadora 2024-2025
  • Reivindicamos la fecha acordada por unanimidad sindical. Sin clasificar
  • Una Llamada a la Acción: Unidos por la Educación Sin clasificar
  • Reunión con el consejero : paralización de los procesos de estabilización. Sin clasificar

Bajada de horas lectivas 2

Posted on 21 de febrero de 201914 de marzo de 2025 By INSUCAN

(21-feb-19)

Perdida la oportunidad de que fuese obligatorio que el máximo de horas lectivas de los docentes fuese de:

23 horas en Educación Infantil, Primaria y Especial.

18 horas en resto de enseñanzas de régimen general.

La votación en el Congreso de los diputados ha sido: 168 en contra de que fuese obligatorio y 163 a favor.

LO APROBADO

Las Administraciones Públicas con competencias educativas PODRÁN ESTABLECER, en su respectivo ámbito, la parte lectiva de la jornada semanal del personal docente que imparte enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en centros públicos, RECOMENDÁNDOSE con carácter ordinario un máximo de veintitrés horas en los centros de Educación Infantil, Primaria y Especial y un máximo de dieciocho horas en los centros que impartan el resto de enseñanzas de régimen general reguladas por dicha Ley Orgánica.

 

LO RECHAZADO

Sin perjuicio de las competencias en materia educativa que corresponden a las distintas Administraciones educativas, para el personal docente que imparta enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en centros públicos, SE ESTABLECE CON CARÁCTER GENERAL LA PARTE LECTIVA DE LA JORNADA SEMANAL en 23 horas en los Centros de Educación Infantil, Primaria y Especial y en 18 horas en los centros que impartan el resto de las enseñanzas de régimen general reguladas por la citada Ley Orgánica.

Las Administraciones Públicas impulsarán y adoptarán las medidas necesarias para que, junto con la negociación colectiva, se posibilite que la carga lectiva semanal de los docentes sea análoga en los centros sostenidos con fondos públicos.

Texto del Proyecto de Ley de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria

AHORA lo que queda es lo recogido en la Ley de Presupuesto de Canarias en su Disposición Adicional Décima sexta, que dice:

Disposición Adicional Décima sexta.- Jornada de trabajo en el sector público autonómico

4. La jornada ordinaria de trabajo del personal docente no universitario será de treinta y siete horas y media de trabajo efectivo, de promedio en cómputo anual.

La parte lectiva de la jornada semanal del personal docente no universitario que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos, será de dieciocho horas, en todas las enseñanzas distintas a educación infantil y primaria.

Lo previsto en este apartado será de aplicación a partir del curso escolar 2019/2020.

8. Lo previsto en esta disposición adicional en cuanto a la jornada del personal que se encuentre adscrito a las instituciones sanitarias integradas en el Servicio Canario de La Salud, así como de la parte lectiva de la jornada semanal del personal docente no universitario que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos, será de dieciocho horas, en todas las enseñanzas distintas a educación infantil y primaria, queda condicionado a que la Comunidad Autónoma de Canarias pueda incrementar el gasto no financiero durante el ejercicio 2019 hasta el límite del equilibrio estructural, así como que sea sostenible en los escenarios presupuestarios futuros no comprometiendo el cumplimiento de los objetivos de estabilidad, regla de gasto y deuda pública, sin perjuicio de lo legislado en normativa de carácter básico.

 

Acceso a la emisión en directo del pleno del Congreso de hoy jueves 21 de febrero

 

Información

Navegación de entradas

Previous Post: Oposiciones 2019. Todas las comunidades
Next Post: Ampliación listas de Maestros…

Entradas relacionadas

  • Mesa Técnica 6 de Mayo 2024-2025
  • INSUCAN impulsa una iniciativa histórica en el Parlamento de Canarias 2024-2025
  • NOTA INFORMATIVA: Reunión Coordinadora 2024-2025
  • Nuestra postura sobre la reconstrucción educativa en La Palma: el caso del CEIP La Laguna y más allá 2024-2025
  • LA GRAN AMENAZA DE CENTRALES SINDICALES 2024-2025
  • INSUCAN se reúne en el Ministerio de Educación con el Secretario de Estado de Educación 2024-2025

Copyright Docentes de Canarias - INSUCAN (DCI) © 2025 .

Add new entry logo

This website uses cookies to improve your experience. We'll assume you're ok with this, but you can opt-out if you wish. Politíca de privacidad

In case of sale of your personal information, you may opt out by using the link No vender mi información personal

Aceptar Rechazar Ajustes de las cookies
Doy mi consentimiento para el uso de las siguientes cookies:
Declaración de cookies Acerca de las cookies
Necesarias (0) Marketing (0) Analíticas (0) Preferencias (0) Sin clasificar (0)
Las cookies necesarias ayudan a hacer que una web sea utilizable al activar funciones básicas, como la navegación por la página y el acceso a áreas seguras de la web. La web no puede funcionar correctamente sin estas cookies.
No se usan cookies de este tipo.
Las cookies de marketing se utilizan para rastrear a los visitantes a través de las webs. La intención es mostrar anuncios que sean relevantes y atractivos para el usuario individual y, por tanto, más valiosos para los editores y los anunciantes de terceros.
No se usan cookies de este tipo.
Las cookies de análisis ayudan a los propietarios de las webs a comprender cómo interactúan los visitantes con las webs recopilando y facilitando información de forma anónima.
No se usan cookies de este tipo.
Las cookies de preferencias permiten a una web recordar información que cambia la forma en que se comporta o se ve la web, como tu idioma preferido o la región en la que te encuentras.
No se usan cookies de este tipo.
Las cookies no clasificadas son cookies que estamos procesando para clasificar, conjuntamente con los proveedores de cookies individuales.
No se usan cookies de este tipo.
Las cookies son pequeños archivos de texto que pueden ser usados por las webs para hacer más eficiente la experiencia del usuario. La ley establece que podemos almacenar cookies en tu dispositivo si son estrictamente necesarias para el funcionamiento de este sitio. Para todos los demás tipos de cookies, necesitamos tu permiso. Este sitio utiliza diferentes tipos de cookies. Algunas cookies son colocadas por los servicios de terceros que aparecen en nuestras páginas.
Configuración de Cookies

¿Realmente quieres rechazar?