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Posible nuevo modelo de ordenación de las listas de interinos.

Posted on 14 de noviembre de 201914 de marzo de 2025 By INSUCAN

14-nov-19

Posible derogación de los artículos del Decreto 74/2010 de listas de empleo y los artículos vinculados de la orden que lo desarrolla, que regulan la constitución (reordenación) de las listas de interinos.

Acordado en mesa sectorial la modificación del sistema de constitución de listas de interinos que se aplicará a las oposiciones del 2020

  1. Como es conocido cada vez que hay oposiciones se constituyen (reordenan) las listas de interinos. Excepto en las oposiciones del 2018 y 2019, por iniciativa de DOCENTES DE CANARIAS-INSUCAN (DCI) que se lo propusimos al resto de sindicatos y todos juntos al Parlamento, y así salió en los Presupuestos del 2018 y 2019.

  2. A falta de cerrarse la negociación del texto definitivo, el nuevo sistema de constitución (reordenación) podría ser:

    a) Componentes de las listas: los que se presenten a los oposiciones.

    b) Lista única por especialidad: de todos los que se presentan a las oposiciones.

    c) Criterios de ordenación: (a) Tiempo de servicio sin límite y (b) calificación de oposición, de los que superan la fase de oposición y no son seleccionados.

    d) Orden de lista: por puntuación final total de los dos criterios, pero los que tienen menos de tres años de servicio no sobrepasan en el orden a los que tengan más de tres años de servicio.

  • Recordamos que DOCENTES DE CANARIAS-INSUCAN (DCI) inicio en el año 2014 la propuesta de modificación del Decreto 74/2010 con la propuesta de Lista 1, Lista 2 y Acuerdo de oposiciones que luego consensuamos con el resto de sindicatos y fue el punto de partida para modificar el Decreto 74/2010.

  • El grave problema para conseguir la ansiada propuesta de Lista 1, Lista 2 y Acuerdo de oposiciones fue la inclusión en la ley de Presupuestos del 2019 de:

La ansiada no reordenación la frustro la Disposición Adicional Sexagésima séptima que obliga a: 

a) Modificar el Decreto 74/2010, de 1 de julio, antes del inicio del curso 2019/2020.

b) Incluir la nota de oposición en la ordenación de listas.

**) Si no se modifica el Decreto 74/2010 para las oposiciones del 2020 se aplicaría el sistema de constitución (ordenación) de listas como recoge lo recoge el Decreto.

 

Disposición Adicional Sexagésima séptima.- Modificación del Decreto 74/2010, de 1 de julio, en lo relativo al personal docente.

Antes del inicio del curso escolar 2019/2020, en lo relativo al personal docente, el Gobierno deberá proceder a la modificación del Decreto 74/2010, de 1 de julio, por el que se establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en los diversos sectores de la Administración.

En los términos que se fijen en la referida norma, entre otros méritos a valorar se incluirá la nota obtenida en la misma especialidad a la que se opta, valorándose el mejor resultado en los tres últimos procesos selectivos en la Comunidad Autónoma de Canarias.

2019-2020

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