Resolución de 1 de julio de 2025, por la que se dictandeterminadas instrucciones relativas a la presentación de partes médicos de incapacidad temporal del personal docente no universitario adscrito a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y del personal al servicio de la Administración de Justicia adscrito a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU).
RESUMEN
1.- Se establece la obligatoriedad de la presentación delos partes médicos de inicio de las situaciones deincapacidad temporal (IT) derivadas de enfermedad, delpersonal docente no universitario adscrito a MUFACE, a través del
procedimiento en sede electrónica de laAdministración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias-9053.
2.- Se establece que las aportaciones de los partes médicos deconfirmación/continuidad y alta de la situación de IT se adjuntarán en los correspondientes expedientes administrativos asignados, a través del Área Personal de la sede electrónica de la APCAC.
La persona mutualista que haya iniciado situaciones de IT con anterioridad a la puesta en funcionamiento del procedimiento 9053, dispondrá en su Área Personal del expediente administrativo creado para la presentación de lossucesivos partes de confirmación/ continuidad y/o, en su caso, alta médica.
3.- Se establece como fecha para la entrada en vigor de lapresente Resolución a partir del 15 de julio de 2025. No obstante, dada la posibilidad de existencia de situaciones de IT iniciadas con anterioridad a la referida fecha y en trámite al momento de dictarse esta Resolución, se dispone un periodo transitorio de tres (3) meses.
A partir del 15 de octubre de 2025, no se tramitaránpartes de situaciones de IT remitidos al Área de Inspección Médica por otra vía de comunicación/remisión distinta al procedimiento en sede electrónica del Gobierno de Canarias: 9053