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Comisión técnica 22 abril 2021. Lista de empleo

Posted on 22 de abril de 202114 de marzo de 2025 By INSUCAN

(22-abr-21)

Hoy 22 de abril de 2021 se ha celebrado una nueva mesa de negociación sobre la nueva Orden de listas de interinos.

Novedad: Se incluye una disposición transitoria que hace que en el momento de constitución aumenten los que acceden a los bloque 1 y bloque 2.

MESA TÉCNICA – 22_abr_2021

 

La reunión da comienzo a las 11:09 con la introducción del responsable de la Dirección General de Personal, señalando algunas de las modificaciones que se han añadido en este último borrador.

Menciona en primer lugar la posibilidad, planteada por algún sindicato, de modificar la denominación de la Orden, cuestión que dejan para un posible debate en la Mesa Sectorial que finalice la negociación de esta norma.

Asimismo, menciona el añadido a los criterios de ordenación del bloque 3, al que se añade la experiencia docente en otras especialidades.

Con respecto al cómputo de la calificación obtenida en procesos selectivos para la ordenación del bloque 2, vuelven a la redacción original, por lo que sólo contará la calificación igual o superior a un cinco.

A propuesta de DOCENTES DE CANARIAS INSUCAN, se añade en este nuevo borrador el reconocimiento del tiempo de servicio de quienes obtienen un nombramiento y no se pueden incorporar por estar en situación de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, adopción y acogimiento.

En cuanto a las situaciones de no disponibilidad, se vuelve a la redacción anterior, en la que se detallan todas las posibles situaciones que dan derecho a solicitar la no disponibilidad.

Además, se establece que, para volver a la situación de disponible, se atiende a la solicitud expresa del interesado, especialmente cuando la situación de no disponibilidad se deriva de sanción por rechazar nombramiento o no participar en la adjudicación de destinos. La Administración NO ACTIVARÁ LA DISPONIBILIDAD DE OFICIO UNA VEZ CUMPLIDA LA SANCIÓN. Tendrá que ser el interesado quien lo solicite.

Además, en la participación obligatoria (Colectivo 55 de la adjudicación de destinos provisionales), deja de adjudicarse de oficio en todas las especialidades de las que se forme parte. Cada aspirante puede elegir en qué especialidades participa, pasando a no disponible en las especialidades que no solicite. Dicha situación se mantendrá hasta que el interesado solicite la disponibilidad, a partir de la fecha que señale la norma correspondiente.

Se va a mantener, además, la posibilidad de solicitar la no disponibilidad en diferentes especialidades de manera independiente, a lo largo del curso.

En cuanto a las causas de exclusión de las listas de empleo, a propuesta de DOCENTES DE CANARIAS INSUCAN se recoge la especificación de que, cuando la causa de exclusión es por no superar el período de prácticas, la exclusión no sea en todas las especialidades de las que se forme parte sino exclusivamente en la especialidad en la que no se ha superado dicho período.

Se añade una disposición transitoria que establece las condiciones iniciales de acceso a los bloques:

–       Para el bloque 1, además de quienes tengan 5 años de experiencia en la propia especialidad, entrarán también quienes tengan una pertenencia a la lista de al menos 5 años, y alcancen una puntuación de 5 puntos conforme al siguiente baremo:

·      1 punto por cada año de experiencia en la propia especialidad. (el máximo posible es 4,9 puntos, por 4 años y 11 meses, ya que al llegar a 5 años ya entraría en el bloque 1).

·      0,2 puntos por cada año de experiencia en otras especialidades.

–       Para el bloque 2, además de quienes tengan entre 1 día y 5 años de experiencia en la propia especialidad, y quienes superen la fase de oposición y no sean seleccionados (que no integren el bloque 1), entrarán también quienes tengan una pertenencia a la lista de al menos 5 años, y acrediten una experiencia docente de al menos 5 años en otras especialidades.

En este punto, DOCENTES DE CANARIAS INSUCAN propone que el tiempo de servicio en otras especialidades sea de un mínimo de 6 meses para acceder al bloque 2 de todas aquellas listas en las que esté inscrito con una antigüedad mínima de 5 años.

Finalmente, la Dirección General de Personal expone el posible calendario de implantación de esta norma:

1.    Una vez publicada la Orden, se establecerán los bloques, conforme a lo recogido en el Artículo 2 y la Disposición Transitoria Primera de esta Orden, tomando como referencia la fecha de 31 de agosto de 2021 para establecer los tiempos de servicio que acumula cada integrante, a efectos de ser situados en un bloque u otro.

2.    En el mismo procedimiento de estructuración por bloques, se aplicará el Artículo 5 de esta orden, que establece el procedimiento ordinario de actualización y ordenación de las listas tras la celebración del proceso selectivo. En este caso, sólo se aplicará a las especialidades convocadas en las oposiciones de 2021. Estos procedimientos tendrán efecto a partir del curso 2022-2023.

3.    Finalmente, antes de la finalización del curso 2022-2023 se ejecutará el Artículo 3 de esta orden, actualización anual de las listas de empleo, que tendrá efectividad para la adjudicación de destinos provisionales del curso 2023-2024.

DOCENTES DE CANARIAS INSUCAN, pedimos que se haga el esfuerzo necesario para que los plazos de implantación de esta norma se adelanten a este mismo curso (la estructuración por bloques), para que ya sea de aplicación en la adjudicación de destinos provisionales del curso 2021-2022.

Además, DOCENTES DE CANARIAS INSUCAN pedimos que en la norma se debe incluir la referencia a PROMECI, con la idea de que la aplicación de este programa de estabilidad perdure en el tiempo, y nada mejor que incluirlo en esta norma para asegurar la consolidación del mismo.

También pedimos que se indique expresamente que la experiencia docente desempeñada en los diferentes ámbitos del conocimiento cuente por la especialidad a la que se pertenezca que da derecho al nombramiento por dicho ámbito, ya que no existen listas de ámbito.

En el mismo sentido, pedimos que se actúe con las especialidades desempeñadas con anterioridad al procedimiento de adscripción de especialidades de Formación Profesional.

Como punto ajeno al orden del día, la Dirección General de Personal expone la idea de modificar el procedimiento de actualización de méritos del profesorado de religión, haciéndolo coincidir con el procedimiento de adjudicación de destinos.

Concluye la reunión con el compromiso de la Dirección General de Personal de convocar a la mayor brevedad una Mesa Sectorial en la que se pueda cerrar el acuerdo (si lo hubiera).


2020-2021

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