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Jubilación Anticipada funcionarios de carrera (anteriores al 1 de enero de 2011) que cumplan 60 años y tengan 30 años cotizados

Posted on 5 de agosto de 201814 de marzo de 2025 By INSUCAN

Solicitar la jubilación es sencillo.

Indicamos todos los pasos en este artículo.

Boletín sobre jubilación de funcionarios de carrera con 60 y un mínimo de 30 años cotizados

Requisitos de la Jubilación:
  • Tener cumplidos sesenta años de edad para la fecha que se solicita la jubilación.
  • Tener acreditados, como mínimo, 30 años de servicios efectivos al Estado. Las cotizaciones realizadas a la Seguridad Social se consideran, a efectos de este tipo de jubilación, servicio efectivo al Estado.
  • Para poder acreditar los 30 años de servicio, los últimos cinco años deben ser en Clases Pasivas
Plazo solicitud:
  • Como mínimo con tres meses de antelación a la fecha que se solicita que se quiera jubilar.
Documentación:

TODOS LOS DOCUMENTOS SE PRESENTAN A LA CONSEJERÍA (Los impresos puedes obtenerlos en nuestra web)

  • Solicitud a la Consejería de Educación  (Modelo Consejería)
  • Solicitud al Ministerio de Economía y Hacienda (Aclaración: este impreso se presenta también a la Consejería junto con el resto de documentos)
  • Fotocopia del documento nacional de identidad
  • Fotocopia de la cartilla de MUFACE
  • Certificado de Vida Laboral de la Seguridad Social en caso de haber cotizado en este régimen fuera de la administración pública. No es necesario presentarlo pero recomendamos adjuntarlo si se tiene.
  • Certificados de reconocimientos de aumento de periodos de cotización (por parto, servicio militar, ..)
Situaciones que aumentan el periodo de cotización:
  • Periodos de cotización asimilados por parto (Parto anterior a estar trabajando: 112 días por hijo)
  • Reconocimiento del servicio militar a efectos de cotización (Los que soliciten ahora el reconocimiento solo les reconocerán los días que supere al tiempo obligatorio del momento en que realizó el servicio militar, los que ya tienen un certificado les reconocerán lo que figure en el certificado)
  • Beneficios por cuidado de hijos menores. Para la madre o el padre. Son 270 días por hijo. Le consideran como cotizado los días no cotizados en el periodo entre 9 meses antes del nacimiento y final del sexto año después del nacimiento.
  • Modelo de reclamación de periodos cotizados a la seguridad social por no tener la Vida Laboral el Grupo de Cotización.
Fecha de comienzo  del cobro de la pensión:
  • La Consejería abona nómina completa del mes en que se jubila, es decir si se jubila el 3 de marzo, la Consejería abona el mes de marzo completo con el mismo importe que si trabajase el mes completo.
  • La primera pensión se cobra al final del mes siguiente en que se jubila
Vacaciones no disfrutadas:
  • Corresponde 1 día de vacaciones por cada 12 días trabajados entre el 1 de septiembre y la fecha de jubilación.
  • Los días vacaciones que les correspondan se los dan en las fechas inmediatamente anteriores a la jubilación.
  • Si está de baja en el momento de la jubilación los días de vacaciones no disfrutados se los abonan. PERO para ello, cuando reciben la Resolución de concesión de días de vacaciones inmediatamente anterior a la fecha de jubilación, deben no firmar el «recibí» y reclamar.
Importes de la pensión:
  1. Depende del Grupo a que se pertenezca y de los años totales cotizados:
    1. Grupo A1 (secundaria). En 2024, con 32 años cotizados, el importe bruto mensual es de 3.434,77 € brutos mes en 14 pagas.
    2. Grupo A2 (maestro). En 2024, con 35 años cotizados, el importe bruto mensual es de : 2.703,25€ brutos mes en 14 pagas.
Presentación de la solicitud, dirigida a:
  • Cuerpo de Maestros: Dirección Territorial de Educación de la provincia donde presta servicios.
  • Restantes Cuerpos Docentes: Dirección General de Personal.
TRAMITES DEL PROCEDIMIENTO, tras la presentación de la solicitud y la documentación recibirá sucesivamente tres cartas:
  1. De la Consejería: Comunicado el inicio del procedimiento de jubilación y le dan 15 días para renunciar.
  2. De la Consejería: La notificación de resolución de la jubilación
  3. Del Ministerio de Economía y Hacienda: La resolución con el importe bruto a percibir, que da un plazo de 15 días para reclamar el importe de la pensión. Normalmente es recibida durante el mes que cobra la primera pensión. Ejemplo: Un docente con fecha de jubilación del 31 de agosto de 2021, recibio la Resolución del Ministerio el 17 de septiembre de 2021
Una vez recibida la resolución y documentación deberá presentar la misma en:
  • MUFACE.
  • Para recuperación el Plan de pensiones. Presencial en cualquiera de las Oficinas de Caser. Teléfono de información 902.21.19.19
2022-2023

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