SOLICITUD DEL PARO. INTERINOS Muchos interinos que son cesados en navidades no solicitan la Prestación por Desempleo. Conveniencia de solicitarlo |
Nosotros recomendamos de forma general la conveniencia de solicitar la prestación por desempleo en todos los casos, aunque se tenga la certeza de que lo volverán a contratar después de las navidades, por dos motivos básicos: |
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El requisito es haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años. El plazo para solicitarlo es de 15 días hábiles. Comienza a contar desde que termine el contrato por la prolongación de este por vacaciones no disfrutadas. Como saben cada vez que se termina un contrato, este se amplia por los días de vacaciones que correspondan proporcionalmente. Con la aplicación Días de vacaciones puedes calcular los días que corresponden |
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Los tramites son dos, en dos oficinas que están en el mismo edificio, y en las dos hay que solicitar cita: |
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Los casos en que debe tomar una decisión de esperar a solicitar la prestación es cuando el tiempo cotizado esté cerca de saltar a más tiempo de prestación. Por ejemplo por 539 días cotizados se tiene derecho a cobrar la prestación durante 120 días, pero con un día más cotizado, es decir con 540 días, se tiene derecho a cobrar la prestación durante 180 días. Aunque se este cerca de salta de tramo nosotros recomendamos solicitar la prestación por dos motivos: |
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