(30-mar-15) |
"Agredir a sanitarios y profesores será penado hasta con cuatro años" El Código Penal amplía los funcionarios protegidos como autoridad pública. Esto se une al artículo 124 de la LOE/LOMCE |
Con la modificación del código penal en los artículo 550 y 551 se aumenta la protección de los docentes. Esperemos que esto sirva para conseguir una protección integral de los docentes. La impunidad de los últimos casos de intimidaciones graves a docentes, que no han tenido testigos, nos ha llevado a demandar que se modifique la Orden de 18 de diciembre de 2009, por la que se aprueba un protocolo de actuación para los casos de agresiones al personal docente para que se aplique lo recogido en el artículo 124 de la LOE/LOMCE que le da valor probatorio a las declaraciones de los docentes al disfrutar de la presunción de veracidad. También falta que se incluya en la Orden de 18 de diciembre de 2009 la asistencia letrada y psicológica a los docentes agredidos y/o intimidados. Para demandar la modificación de la Orden de 18 de diciembre de 2009 tenemos solicitada una reunión con la Viceconsejera a la que hemos solicitado que asistan todos los estamentos con alguna competencia en la protección integral de los docentes, que son: Dirección General de Personal, Secretaría General Técnica, Inspección General y Direcciones territoriales. |
Redacción de los nuevos artículos 550 y 551 del código penal |
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Artículo 124. 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la LOMCE 3. Los miembros del equipo directivo y los profesores y profesoras serán considerados autoridad pública. En los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados por profesores, profesoras y miembros del equipo directivo de los centros docentes tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad «iuris tantum» o salvo prueba en contrario, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses, puedan señalar o aportar los propios alumnos y alumnas. |